miércoles, 25 de abril de 2018

Zaragoza: Juzgado de P. Instancia 22. El CGPJ le atribuye el conocimiento dederecho de familia con carácter exclusivo pero no excluyente.

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Acuerdo de 5 de abril de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Zaragoza, el conocimiento de derecho de familia con carácter exclusivo pero no excluyente.  BOE 25-4-2018.

De conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 5 de abril de 2018 acordó:
 1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 22 de Zaragoza el conocimiento en materia de derecho de familia con carácter exclusivo pero no excluyente. 
2. Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización y que estuviesen turnados a los juzgados de primera instancia de la misma sede, se continuarán por éstos hasta su conclusión por resolución definitiva, sin verse afectados por el presente acuerdo. 
3. Esta medida producirá efectos desde la puesta en funcionamiento del juzgado de nueva creación.
 Madrid, 5 de abril de 2018.
–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.


- CONOCIMIENTO: de derecho de familia con carácter exclusivo pero no excluyente.  BOE 25-4-2018.

-ENTRARA EN FUNCIONAMIENTO: el próximo 30 de junio de 2018.  Según ORDEN/JUS/1277/2017, DE 22 DE DICIEMBRE. Ver enlace:  BOE 26-12-2017.

-COBERTURA: Por Comisión de Servicios.


STAJ solicitó como al igual que ya hizo en anteriores ocasiones como en  mesa sectorial del 31-10-2017, y mediante escrito dirigido a la Dirección General,  que se cree con la misma plantilla con la que cuentan los juzgados de familia de Zaragoza; 4 Gestores, 5 Tramitadores y 1 Auxilio Judicial, es decir, 1 Gestor y 1 Tramitador más que los Juzgados Ordinarios de Familia. 
Y que por supuesto se cubriese en comisión de servicios con su correspondiente publicidad.


-PLANTILLA : 


La DGA afirmó que la plantilla del nuevo juzgado estaría condicionada por la decisión final del CGPJ:

  a)  Si se atribuía  al citado órgano competencias de Cláusulas Suelo y Contratos Bancarios , la composición de la plantilla sería de 3 Gestores, 4 Tramitadores y 1 Auxilio J. 

  b) O si por el contrario el nuevo órgano se especializa en Familia y/o Incapacidades, en este caso la plantilla sería de 4 Gestores, 5 Tramitadores y 1 Auxilio Judicial, propuesta que planteó STAJ ya el pasado octubre. 


-La Dirección General de Justicia y la Sala de Gobierno del TSJ de Aragón propusieron que el nuevo juzgado  asuma competencias de familia y/o incapacidades . Tras la publicación del Acuerdo del CGPJ, STAJ entiende que la plantilla del Jdo. de P. Instancia nº 22 de Zaragoza debe estar compuesta por 4 Gestores, 5 Tramitadores y 1 Auxilio Judicial tal como solicitó en su día.


-OFERTA EN EL PROXIMO CONCURSO DE TRASLADOS: 

La DGA manifestó el pasado mes de enero (17-1-2018), en mesa sectorial que la oferta de plazas del nuevo juzgado en el próximo concurso de traslados dependería del momento de la convocatoria del mismo  y de si se ha determinado la competencia por parte del CGPJ y por tanto  la plantilla según hemos expuesto arriba.  
Por tanto, tras la publicación del citado Acuerdo del CGPJ, STAJ considera que deben ofertarse en el próximo concurso de traslados las plazas del Jdo. de P. Instancia nº 22 de Zaragoza y asi lo solicitaremos en breve y comprobaremos que se cuando DGA nos remita las plazas para su comprobación antes de enviarlas al Ministerio.


Acción social.